La Política Monetaria y medios de pago electrónicos en el Ecuador

Alberto López B.

 

La teoría y política monetaria tienen relación con la moneda o dinero. Por lo tanto, es importante entender qué es el dinero. Dinero es todo lo que el gobierno establece que debe ser universalmente aceptado como un medio de intercambio dentro de un país. En el Ecuador, las distintas formas con la que usted realiza pagos por compra de bienes y servicios son: billetes, monedas, cheques, tarjeta de débito, tarjeta de crédito, transferencias electrónicas y dinero electrónico.

Ecuador dolarizó oficialmente su economía en enero de 2000 con lo que prescindió de gran parte de la política monetaria (no puede emitir dinero) y cambiaria (no puede devaluar). El Banco Central del Ecuador no puede actuar como prestamista de última instancia para dotar de liquidez a las Instituciones del Sistema Financiero (que significó el salvataje bancario con sus respectivas consecuencias). En su lugar, se creó el Fondo de Liquidez. La dolarización produce disciplina fiscal, porque al forzar una política monetaria pasiva elimina el sesgo inflacionario a través del cual el gobierno puede estar tentado a inflar la economía mediante inyecciones monetarias no anticipadas.

¿Qué es política monetaria? Es el conjunto de decisiones y acciones de la autoridad monetaria, en el Ecuador: Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera (JPRMF) que intenta influir en la cantidad de dinero y crédito en circulación para tratar problemas económicos para reducir la inflación, el desempleo o la pobreza. “Para eso las autoridades monetarias (bancos centrales) utilizan una serie de instrumentos de política monetaria. A menudo se enfoca en modificar la tasa de interés que se debe pagar al pedir prestado dinero. En una economía oficialmente dolarizada varios de estos instrumentos están restringidos”. (Howard J. Sherman and Michael A. Meeropol, 2013).

Sobre política monetaria el Art. 302 de la Constitución del Ecuador,  establece: “Las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera tendrán como objetivos: 1. Suministrar los medios de pago necesarios para que el sistema económico opere con eficiencia. 2. Establecer niveles de liquidez global que garanticen adecuados márgenes de seguridad financiera. 3. Orientar los excedentes de liquidez hacia la inversión requerida para el desarrollo del país. 4. Promover niveles y relaciones entre las tasas de interés pasivas y activas que estimulen el ahorro nacional y el financiamiento de las actividades productivas, con el propósito de mantener la estabilidad de precios y los equilibrios monetarios en la balanza de pagos, de acuerdo al objetivo de estabilidad económica definido en la Constitución”. (Asamblea Nacional, Constitucion del Ecuador, 2008, pág. 145).

El Código Orgánico Monetario y Financiero en el Cap. 1 regula el sistema monetario en el Ecuador; así, el artículo 94: “De la moneda en la República del Ecuador. Todas las transacciones, operaciones monetarias, financieras y sus registros contables, realizados en la República del Ecuador, se expresarán en dólares de los Estados Unidos de América de conformidad con este Código” por lo tanto, la moneda es medio de pago y la moneda tiene poder liberatorio y curso legal en la República del Ecuador. De otra parte, el Art. 99 establece: “Otros medios de pago: divisas distintas del dólar de los Estados Unidos, cheques, tarjetas de crédito y de débito, transferencias por medios electrónicos o digitales”.  (Asamblea Nacional, Codigo Organico Monetario y Financiero, 2015, pág. 35)

Medios Electrónicos.– El Art. 101 del Código Orgánico Monetario y Financiero establece: “Medios de Pago electrónicos.- Los medios de pago electrónicos serán implementados y operados por las entidades del sistema financiero nacional de conformidad con la autorización que le que le otorgue el respectivo organismo de control. Todas las transacciones realizadas con medios de pago electrónicos se liquidarán y de ser el caso compensarán en el Banco Central del Ecuador de conformidad con los procedimientos que establezca la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. Para efectos de supervisión y control en el ámbito de sus competencias, los organismos de control respectivos y el Banco Central del Ecuador, mantendrán interconexión permanente a las plataformas de las entidades del sistema financiero a través de las cuales se gestionen medios de pago” (Asamblea Nacional, Codigo Organico Monetario y Financiero, 2015, pág. 36)

Se entiende por dinero electrónico todo aquel valor monetario almacenado en un mecanismo de soporte electrónico que es utilizado para realizar transacciones sin que estén necesariamente involucradas las entidades financieras. La aceptación por parte de los consumidores de un nuevo instrumento de pago depende de cuantos comercios lo acepten en la medida que los consumidores lo soliciten y también de acuerdo con la actitud de sus consumidores.

 

Entre las principales ventajas del dinero electrónico, tenemos: Es un método de transacciones voluntario; es más eficiente, y no se deteriora y permite pagar el precio exacto; permitirá realizar pagos a través de teléfonos celulares sin necesidad de internet o saldo; no requerirá de una cuenta en una entidad financiera para realizar transacciones; posibilidad de retirar el dinero en cualquier momento; se puede utilizar para pagar servicios públicos; más seguro que el uso del efectivo; control sobre las operaciones y gastos realizados; no tendrá que cargar billetes y monedas para hacer transacciones.

 

Las desventajas del dinero electrónico son: Se debe pagar una comisión mínima para su uso; un corte de energía o cualquier improvisto en el sistema podría cortar el acceso a los fondos; no es aceptado como método de pago por todas las personas; puede demorar un tiempo para adaptarse y ser aceptado como método de pago.

 

El 10 de enero del 2011 durante el gobierno de la Revolución Ciudadana, el Directorio del BCE mediante Regulación N° 017-2011emite normas relacionadas con “Política Monetaria – Crediticia” que regula el Dinero electrónico; sistema de pagos y transacciones móviles; participantes, sus obligaciones y responsabilidades; actualización de la billetera móvil; de los servicios ofrecidos por el Sistema de Pagos de Transacciones Móviles (SPM); de la ejecución de transferencias; de la liquidación de resultaos de dinero móvil en las entidades financieras; del control y supervisión del SPM; de la sostenibilidad financiera; del sistema de pagos y transacciones móviles; y, suspensión de participación en SPM.

A pesar que el estado diseño una plataforma financiera e implementó incentivos económicos y tributarios, la aplicación y ejecución del “Dinero electrónico” fracasó, por presión de la banca privada que defendía su monopolio y por la desconfianza de sociedad ecuatoriana sobre el manejo del dinero electrónico por el Banco Central del Ecuador; además, en lo monetario se demostró que el respaldo de esta moneda electrónica y como billetera en los teléfonos celulares no cubrían la totalidad de las reservas bancarias con el respaldo acumulado en la reserva internacional disponible en el Banco Central del Ecuador.

El gobierno actual del presidente Moreno, en su política económica y monetaria, en diciembre del 2017 expide la “Ley Orgánica para la reactivación de la economía, fortalecimiento de la dolarización y modernización de la gestión financiera”; en esta ley, reforma del Art. 101 del Código Orgánico Monetario y Financiero sobre “Medios de Pago Electrónicos”, elimina el manejo del dinero electrónico a través del Banco Central del Ecuador, con lo cual cede los medios de pago electrónicos a la banca privada que serán implementados y operados por las entidades del sistema financiero nacional, e  implementa una nueva política monetaria del dinero. Eso da cuenta de que la oposición al manejo del dinero electrónico por parte de la banca era tal porque no era manejado por este sector.

Los medios de pago electrónicos serán administrados por el sector financiero privado como un servicio adicional de la banca privada y funcionará en la plataforma BIMO operada a través de BANRED, bajo el mecanismo de billeteras móviles para dos tipos de usuarios: Usuarios que poseen una cuenta bancaria y usuarios que no tienen cuenta bancaria, pero pueden abrir una cuenta “básica digital” en su teléfono móvil sin costo, en cualquier banco o cooperativa de ahorro y crédito. El monto de las operaciones (compras, pagos, cobros, transferencias, etc.) se pueden hacer de entre uno hasta sesenta dólares americanos (USD. $ 1 a 60) por transacción, con respaldo del dinero existente en la cuenta del usuario y su control está bajo un código de barras; las tarifas por servicio serán de (0,10) diez centavos de dólar por transacción.

Para incentivar el uso del dinero electrónico, la Asamblea Nacional aprobó reformas tributarias solicitadas por el ejecutivo mediante incentivos tributarios para el pago del impuesto al valor agregado (IVA) mediante la devolución de oficio del 4% por parte del SRI; el impuesto a la renta (ISR) pueden reducir la base imponible para su cálculo, en el periodo 2017-2019, al excluir ingresos, costos y gastos realizados con dinero electrónico; y para contribuyentes sujetos al régimen impositivo simplificado (RISE) que son (microempresas y pequeñas empresas) tendrían la devolución del 5% del valor que deben pagar si la usan, más un 5% adicional por comprar y vender con dinero electrónico. Para acceder a estos beneficios, las personas naturales y jurídicas tienen que abrir una cuenta de dinero electrónico

Con estas medidas monetarias, para uso de medios de pago electrónicos, el Estado y la banca esperan la inclusión al sistema financiero ecuatoriano del 50% de la PEA; con lo cual se incrementaría la base monetaria y la banca privada mantiene su poder sobre manejo del dinero y liquidez bancaria; sin embargo, está en manos de la sociedad ecuatoriana aceptar o rechazar los medios de pago electrónicos, para lo cual el Estado y la banca privada deben brindar confianza, garantizar el manejo del dinero de los usuarios y establecer tarifas del servicio que estén al alcance de los ingresos de las clases sociales media y trabajadora. 

Bibliografía

Asamblea Nacional. (2008). Constitucion del Ecuador. Quito: Publicacion oficial de la Asamblea Nacional.

Asamblea Nacional. (2015). Codigo Organico Monetario y Financiero. Quito: Corporacion de Estudios y publicaciones.

Howard J. Sherman and Michael A. Meeropol. (2013). Principles of Macroeconomics.

 

 

 

 

 

 

 

Deja un comentario